
No hay duda de que el trabajo marítimo es necesario y vital para la economía, pero también es frecuentemente peligroso para los trabajadores. La buena noticia es que existen sistemas para ayudar a los marineros que sufren lesiones y necesitan tomar tiempo libre para recuperarse. La ley federal requiere que los empleadores proporcionen “mantenimiento y cura” a los trabajadores marítimos elegibles que resulten heridos en un accidente.
Saber si eres elegible para recibir compensación como marinero
Cuánto puedes recuperar y de quién depende de tu definición específica de trabajo según la ley federal aplicable. No todos los que trabajan en o alrededor de un barco son considerados marineros para fines legales. Según la Ley Jones, se te considera marinero si:
- Pasas al menos el 30% de tu tiempo de trabajo a bordo de un barco
- Ese barco es capaz de viajar por su propia potencia
- El barco normalmente cruza aguas navegables con fines comerciales o de viaje
Como puedes imaginar, hay momentos en los que la jerga legal y la burocracia pueden interferir con la obtención de una compensación por una lesión mientras trabajas en un barco. Por ejemplo, un barco nuevo que aún no ha comenzado a transportar carga, o incluso un barco actualmente en dique seco, no se considera capaz de viajar por su propia potencia.
Los marineros que resulten heridos en estas situaciones pueden no calificar para recibir ayuda bajo la Ley Jones y podrían tener que recurrir a otras opciones para recuperar daños. Si has resultado herido en el trabajo, un abogado puede ayudarte a determinar si la Ley Jones se aplica en tu situación y encontrar la mejor fuente de compensación potencial.
Compensación para marineros heridos en Luisiana
Si calificas como marinero, la Ley Jones proporciona lo que se conoce como un remedio “sin culpa”, lo que significa que eres potencialmente elegible para recibir compensación después de una lesión sin importar quién sea finalmente responsable del accidente. No tienes que ir a la corte y demostrar negligencia por parte de tu empleador para comenzar a recibir pagos.
En cambio, la Ley Jones establece esencialmente una opción de compensación laboral para las personas empleadas en barcos. Según esta ley federal, los empleadores deben proporcionar pagos a los trabajadores heridos tanto para el mantenimiento como para la cura. Esto es lo que cubre específicamente:
- Mantenimiento. Debido a que muchos marineros viven y duermen en el barco durante el curso de su empleo, la mitad del “mantenimiento” de la ecuación cubre tus costos básicos de vida. Debes recibir un pago por alquilar una vivienda en tierra mientras te recuperas lejos del barco. También cubre los alimentos y algunas comidas en restaurantes, así como el costo de servicios públicos como electricidad, gas y agua. Sin embargo, la Ley Jones no cubre las facturas de teléfono o internet. La cantidad específica pagada diariamente por mantenimiento puede variar según tu empleador y cualquier contrato sindical relevante. Siempre debes tener un abogado que revise los montos pagados, ya que los empleadores pueden intentar proporcionar menos de lo necesario para los pagos críticos de los costos de vida.
- Cura. La segunda mitad de la ecuación cubre los gastos médicos directamente relacionados con tu lesión marítima, como una visita a la sala de emergencias, una estadía en el hospital, el costo de una cirugía y cualquier medicamento recetado necesario o visitas de seguimiento. Los pagos continúan hasta que se determine que el marinero herido ha alcanzado el “máximo mejoramiento médico”. Ese umbral es determinado por un médico y es el punto en el que el paciente se recupera por completo o no se espera que se recupere más incluso con tratamiento médico adicional.
Desafortunadamente, ni el mantenimiento ni la cura cubren otros costos importantes como salarios perdidos, pérdida de potencial de ingresos futuros, discapacidad permanente o daños no económicos como dolor y sufrimiento.
Recuperar la cantidad completa y justa que te deben puede implicar mantenimiento y cura de tu empleador, así como una demanda por lesiones personales contra las partes negligentes responsables de tu accidente. En algunas situaciones, una demanda puede ser justificada para buscar daños punitivos de un empleador que retiene intencionalmente el mantenimiento y la cura adecuados a un marinero herido.
Contacta a un abogado marítimo experimentado en Luisiana
Incluso si no cumples con la descripción de un marinero según la Ley Jones, aún puedes tener derecho a una compensación bajo otras leyes marítimas. Lo importante es que contactes a un abogado rápidamente si resultaste gravemente herido durante un trabajo que se lleva a cabo en o cerca del agua. Programa una consulta con el bufete de abogados Scott Vicknair hoy mismo para descubrir cómo podemos ayudarte a proteger tus derechos legales como trabajador marítimo.